Articulo 125 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR de la Norma...neral Presupuestaria
Articulo 125 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria
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»Artículo 125. -Contenido económico.
Vigente
Corresponde al órgano del departamento de Hacienda y Finanzas, que ejerza la competencia de emitir los informes de control económico, la determinación de la existencia de contenido económico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-12-2014 en vigor desde 01-01-2015