Articulo 125 Reglamento d...ón Forzosa

Articulo 125 Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa

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Artículo 125.

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La Administración, así como las personas o Entidades que se hubieren subrogado en sus derechos, sólo podrán ocupar, con carácter temporal, los terrenos propiedad del particular en los casos previstos en el artículo 108 de la Ley.