Artículo 126 bis Impuesto...-Derogada-

Artículo 126 bis Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogada-

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Artículo 126 bis. Tipo de gravamen del grupo fiscal.

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(NOTA: Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2016)

El tipo de gravamen del grupo fiscal será el correspondiente a la entidad representante del mismo.

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