Articulo 126 Reglamento d...es locales

Articulo 126 Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales

Ver Indice
»

Artículo 126. Disposición de créditos

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los créditos globales destinados a subvenciones que figuren en los presupuestos se irán aplicando en función de los planes, programas aprobados y acuerdos adoptados, en su caso, enumerándose las subvenciones concedidas, para facilitar su control.

2. En el otorgamiento de las subvenciones se tendrán en cuenta los criterios, directrices y prioridades que establezcan los planes sectoriales de coordinación a que se refiere el artículo 225 de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

3. Cuando las bases lo hayan previsto se podrán efectuar anticipos de pago sobre la subvención concedida.