Articulo 127 Aplicación d...ir de 2023

Articulo 127 Aplicación de intervenciones en forma de pagos directos y establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la PAC a partir de 2023

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Artículo 127. Superación de los límites presupuestarios establecidos para las intervenciones en forma de pagos directos.

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Una vez fijados los importes unitarios definitivos conforme a lo estipulado en el artículo 124.8, el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. establecerá los límites presupuestarios correspondientes a cada organismo pagador para cada una de las intervenciones en forma de pagos directos. Este reparto será realizado sobre la base de las realizaciones comunicadas por cada organismo pagador, y será puesto en conocimiento de cada organismo pagador a efectos de lo dispuesto en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 26 del Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre.