Articulo 127 Simplificación y mejora de la regulación normativa
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»Artículo 127. Modificación de la disposición transitoria sexta de la Ley 33/2010
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Se modifica la disposición transitoria sexta de la Ley 33/2010, que queda redactada del siguiente modo:
"Sexta
"Reglamento del Censo de equipamientos y servicios juveniles
"En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno debe regular por reglamento el Censo de equipamientos y servicios juveniles."
