Articulo 1271 Código de consumo

Articulo 1271 Código de consumo

Ver Indice
»

Artículo 127-1. Representación, consulta y participación

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las organizaciones de personas consumidoras son las entidades de representación, consulta y participación para la defensa de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos en sus relaciones de consumo.