Articulo 128 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 128
Se modifica el artículo 130 de Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana, que queda redactado como sigue:
Artículo 130. Movilidad intersectorial.
La Comissió Intersectorial de l'Ocupació Pública de la Generalitat prevista en el artículo 10 de la presente ley podrá proponer criterios en el ejercicio de sus competencias para que el personal funcionario docente, estatutario, de la Administración de la Generalitat o perteneciente a los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, pueda acceder a determinados puestos con funciones de otros ámbitos sectoriales de la Generalitat en atención a las características del correspondiente puesto de trabajo y en los términos que se establezcan reglamentariamente.
- Texto Original. Publicado el 30-12-2022 en vigor desde 01-01-2023