Articulo 13 13 DLeg 3/2...s públicos

Articulo 13 13 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 13.1-3. Acreditación

Vigente

La tasa se acredita en el momento de la realización del hecho imponible, pero puede exigirse la justificación del ingreso en el momento de la presentación de la solicitud.

Modificaciones