Articulo 13 Administración Ambiental
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Artículo 13. Información ambiental.

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La Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco elaborará y publicará cada año un informe de coyuntura sobre el estado del medio ambiente y cada cuatro años un informe completo. Estos informes incluirán datos sobre la calidad del medio ambiente y las presiones que este sufra, incluida la artificialización del suelo, así como un sumario no técnico que sea comprensible para el público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022