Articulo 13 Administració...de Navarra

Articulo 13 Administración Local de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 13.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La creación y supresión de municipios de Navarra, así como la alteración de sus términos, se realizará con arreglo a lo dispuesto en esta Ley Foral y en las disposiciones reglamentarias que la desarrollen.

2. Las finalidades que han de perseguirse en todos los procesos citados en el número anterior serán las siguientes:

a) Mejorar la prestación de los servicios de competencia municipal.

b) Incrementar la capacidad de gestión de las Entidades locales afectadas.

c) Adaptar los términos municipales a las realidades físicas, demográficas, urbanísticas y culturales.

d) Facilitar la participación ciudadana en los asuntos locales y garantizar la efectiva prestación de los servicios.

3. Los procesos de creación y supresión de municipios, así como la alteración de sus términos, nunca podrán dar como resultado el fraccionamiento de un espacio urbano continuo en más de un término municipal.