Artículo 13 de la Agencia de Atención Integrada Social y Sanitaria de Cataluña
Artículo 13. La Presidencia
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1. La Presidencia es el órgano unipersonal de gobierno de la Agencia de Atención Integrada Social y Sanitaria de Cataluña y corresponde a la persona titular del departamento al que esté adscrita la Agencia.
2. La persona que ocupa la presidencia de la Agencia de Atención Integrada Social y Sanitaria de Cataluña tiene las siguientes funciones:
a) Ejercer la más alta representación institucional de la Agencia, que puede delegar en la persona que ocupa la dirección o en el resto de miembros del Consejo Rector y órganos que de él dependan, de acuerdo con la legislación aplicable.
b) Presidir el Consejo Rector, ordenar la convocatoria de las sesiones, fijar su orden del día, dirigirlas y, en su caso, dirimir los empates con el voto de calidad.
c) Velar por que se apliquen los acuerdos y las directrices adoptados por el Consejo Rector, al que debe rendir cuentas periódicamente.
d) Aprobar la relación de puestos de trabajo de la Agencia.
e) Ejercer las otras funciones que le atribuyan los estatutos de la Agencia.
