Articulo 13 Ampliación de medidas para paliar los efectos de la sequía
Articulo 13 Ampliación de... la sequía

Articulo 13 Ampliación de medidas para paliar los efectos de la sequía

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Artículo 13. Cuantía y pago de las ayudas.

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1. La intensidad de la ayuda con carácter general será del 80% de la inversión subvencionable.

2. La cuantía máxima de la subvención será de 40.000 euros, pudiendo establecer las bases reguladoras una cuantía mínima para el cobro de la ayuda.

3. La persona o entidad beneficiaria deberá solicitar el pago de la subvención, mediante escrito que se ajustará al formulario establecido en la convocatoria, junto con la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención, de la aplicación de los fondos percibidos, de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-04-2022 en vigor desde 05-04-2022