Articulo 13 el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, y se crean los registros de perros potencialmente peligrosos
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»Artículo 13. Cancelación de la inscripción.
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Será causa de cancelación de la inscripción en el Registro Central Informatizado, así como en los Registros municipales gestionados por la Comunidad de Madrid la muerte o sacrificio del animal, que será certificada por un veterinario colegiado u oficial o por autoridad competente.
