Artículo 13 se aprueba el texto refundido de los Impuestos Medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón
Ver Indice
»Artículo 13. Base liquidable.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La base liquidable se obtendrá aplicando a las unidades contaminantes de determinación y medida del daño medioambiental que constituyen la base imponible las siguientes reducciones:
a) SOx: 150 toneladas/año.
b) NOx: 100 toneladas/año.
c) CO2: 100 kilotoneladas/año.
