Artículo 13 Ciencia, Tecnología e Innovación de Asturias
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»Artículo 13.-Fundaciones.
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Son agentes del SACI las fundaciones que tengan entre sus fines la realización de actividades de investigación e innovación, tanto las del sector público asturiano cuando así se establezca en la norma por la que se autorice su constitución como las que no formen parte del mismo que desarrollen su actividad en el territorio asturiano.
