Articulo 13 Condiciones Mínimas de los Centros destinados a las Personas Mayores
Artículo 13. Condiciones Funcionales.
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13.1. Proyecto de Actividades
Las Viviendas de Mayores dispondrán de un proyecto de actividades planificadas, cuya realización facilite la atención integral de los usuarios, favoreciendo el desarrollo personal, la convivencia entre los usuarios y su integración en el entorno social.
13.2. Equipo Profesional
En todas las Viviendas de Mayores existirá un equipo profesional con adecuada cualificación que tendrá funciones de valoración, información y orientación social a los usuarios, así como de programación de actividades y apoyo psicosocial, entre otras. En las Viviendas de titularidad pública este equipo contará con la participación de los profesionales de los Servicios Sociales de Zona.
13.3. Contrato de Ingreso
Las Viviendas de Mayores de titularidad pública, deberán tener regulado el régimen de acceso y las condiciones de permanencia en la Vivienda.
El ingreso en las Viviendas de Mayores de titularidad privada, deberá formalizarse en un contrato entre el usuario y la entidad titular en el que conste:
- Las condiciones económicas (cuantía mensual, revisión de la misma, etc.).
- Las condiciones de estancia así como las causas de extinción del contrato.
- La vinculación formal de la Vivienda con una Residencia de Mayores que garantice la atención adecuada de aquellos usuarios que presenten un grado de dependencia que impida su permanencia en la misma. Se indicará la titularidad de la Residencia, su localización geográfica y las condiciones económicas, así como la obligación de admisión del usuario.
- Cualquier otra cláusula o condición exigida por la normativa vigente.
13.4. Reglamento de Régimen Interior
Las Viviendas de Mayores contarán con un Reglamento de Régimen Interior, que tendrá el siguiente contenido mínimo:
- Derechos y deberes de los usuarios, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Ley de Protección de usuarios de Entidades, Centros y Servicios Sociales en Castilla-La Mancha.
- Normas específicas de convivencia.
- Causas de pérdida de la condición de residentes.
- Otras cuestiones que afecten al funcionamiento de la Vivienda.
El Reglamento de Régimen Interior estará a disposición de los usuarios y se entregará un ejemplar del mismo a la firma del contrato de ingreso o cuando se produzca la incorporación a la Vivienda.
