Articulo 13 Consejo de Garantías Estatutarias
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»Artículo 13. Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo
Vigente
1. La organización y el funcionamiento del Consejo de Garantías Estatutarias se rigen por su propio reglamento, cuya aprobación corresponde al Consejo, en ejercicio de la autonomía de la que goza.
2. El reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Garantías Estatutarias debe determinar a qué órganos del Consejo corresponde adoptar los acuerdos y resoluciones que la legislación de función pública atribuye a los órganos de la Administración de la Generalidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-02-2009 en vigor desde 10-03-2009