Articulo 13 Consell, por el que se establece la política de seguridad de la información de la Generalitat
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»Artículo 13. Protección de la información almacenada y en tránsito.
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1. La Generalitat, a través de los distintos agentes con responsabilidades específicas en materia de seguridad de la información, establecerá las condiciones para la protección en el tratamiento de información fuera de sus locales y sistemas.
2. La Generalitat garantizará, del mismo modo que el apartado anterior, la conservación y recuperación de la información mientras perdure su vigencia.
3. La información en soporte no electrónico que haya sido causa o consecuencia directa de tratamiento automatizado de información deberá protegerse con el mismo grado de seguridad que ésta.
