Articulo 13 Cooperación p... de Aragón

Articulo 13 Cooperación para el Desarrollo de Aragón

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Artículo 13. Composición y funcionamiento.

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La composición y funcionamiento de la Comisión Autonómica de Cooperación para el Desarrollo se regulará reglamentariamente, debiendo garantizarse, en cualquier caso, la participación de la Administración Local en este órgano.