Articulo 13 Cooperación para el desarrollo de Galicia
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»Artículo 13. Naturaleza y adscripción
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De acuerdo con lo previsto por el artículo 22 de la Ley 3/2003, de 19 de junio, el Consejo Gallego de Cooperación para el Desarrollo (en adelante, Congacode) es el órgano de consulta y participación de la sociedad gallega en materia de cooperación para el desarrollo y estará adscrito al departamento competente en esa materia.
