Articulo 13 cooperación e...ercantiles

Articulo 13 cooperación entre los Estados miembros para obtención de pruebas civiles o mercantiles

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Artículo 13. Medidas coercitivas

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Si fuera necesario, el órgano jurisdiccional requerido recurrirá para la ejecución de la solicitud a medidas coercitivas adecuadas en los casos y en la medida previstos por el Derecho del Estado miembro del órgano jurisdiccional requerido para la ejecución de solicitudes presentadas con el mismo fin por autoridades nacionales o por una de las partes.