Articulo 13 Cooperación j...eria civil

Articulo 13 Cooperación jurídica internacional en materia civil

Ver Indice
»

Artículo 13. Procedimiento de ejecución.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las solicitudes de cooperación jurídica internacional se ejecutarán sin dilación conforme a las normas procesales españolas. Excepcionalmente y a solicitud de la autoridad extranjera requirente podrán aceptarse formalidades o procedimientos especiales, si ello es compatible con la legislación española y resulta practicable.