Artículo 13DECRETO 12/20...de febrero

Artículo 13.DECRETO 12/2026, de 3 de febrero

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Artículo 13. - Suplencias.

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Se nombrarán, junto a las personas que actuarán en representación de las entidades y agentes participantes en el Espacio Plenario, a las personas suplentes que ejercerán sus funciones en ausencia de aquellas.