Articulo 13 DECRETO2/2010,de14deenero,porelquesefijanlascantidadesretributivasparaelaño2010delpersonalalserviciodelaAdministraciondelaComunidaddeCastillayLeon.
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»Artículo 13. Normas específicas.
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Personal no Laboral en el extranjero.
Al personal no laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que desempeñe puestos de trabajo en el extranjero se le aplicará, en lo que proceda, la normativa estatal reguladora de las indemnizaciones por equiparación del poder adquisitivo y por calidad de vida. La fijación de los módulos a aplicar en cada caso corresponderá a la Junta de Castilla y León.

