Articulo 13 Electoral de Murcia
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»Art. 13.
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La circunscripción electoral será única, integrada por todos los municipios de la Región.
Modificaciones
- Artículo modificado (13) por Ley 14/2015, de 28 de julio, de reforma de la Ley 2/1987, de 24 de febrero, Electoral de la Región de Murcia.
(MU de 30-07-2015) en vigor desde 31-07-2015
