Articulo 13 se establecen...lo y baile

Articulo 13 se establecen normas sobre ordenación de bares, restaurantes y cafeterías y establecimientos con música, espectáculo y baile

Ver Indice
»

Artículo 13.-Solicitud de autorización de restaurantes y cafeterías.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La solicitud de autorización de los establecimientos del Grupo II deberá ser dirigida a la Comarca correspondiente, acompañada de los siguientes documentos:

a) Documento acreditativo de la personalidad física o jurídica del titular.

b) Planos del local a escala 1:100 o similar, firmado por el titular o técnico competente, que incluya superficies, distribución, puertas de acceso y evacuación como mínimo.

c) Certificación del Ayuntamiento que acredite que el establecimiento se encuentra conectado a la red pública de agua y al vertido municipal. En caso contrario deberá aportarse certificado de Sanidad sobre potabilidad del agua y evacuación deresiduales.

d) Certificado de técnico competente relativo al cumplimiento de la normativa vigente contra incendios.