Artículo 13 evaluación y ...informales

Artículo 13 evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales

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Artículo 13. Actuaciones orientadoras en el procedimiento.

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1. Las administraciones competentes valorarán el establecimiento de actuaciones orientadoras de naturaleza colectiva e individual que garanticen los fines del procedimiento.

2. Se consideran actuaciones orientadoras colectivas las dirigidas a identificar y captar a aquellas personas adultas potencialmente necesitadas e interesadas en participar en este procedimiento, pudiendo dirigirse directamente a ellas o a los profesionales y entidades que trabajan con dichos grupos.

3. Las actuaciones orientadoras individuales, previo consentimiento informado de la persona adulta, pueden realizarse por distintas vías, siempre que se garantice la protección en el tratamiento de los datos de carácter personal. Estas actuaciones estarán dirigidas a facilitar información general del procedimiento y, en su caso, el acompañamiento a la inscripción, el asesoramiento para la identificación de los aprendizajes previos adquiridos por vías no formales de formación y la experiencia laboral y podrá comprender la información y orientación previa sobre ofertas e itinerarios de mejora de las competencias básicas.