Articulo 13 Gobierno de Illes Balears
Articulo 13 Gobierno de Illes Balears

Articulo 13 Gobierno de Illes Balears

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 13. Moción de censura y cuestión de confianza

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El planteamiento de la cuestión de confianza y la adopción de la moción de censura se llevarán a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y el Reglamento del Parlamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-02-2019 en vigor desde 03-02-2019