Articulo 13 Gobierno de Illes Balears

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Artículo 13. Moción de censura y cuestión de confianza

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El planteamiento de la cuestión de confianza y la adopción de la moción de censura se llevarán a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y el Reglamento del Parlamento.