Artículo 13 Hacienda de l... de Madrid

Artículo 13 Hacienda de la Comunidad de Madrid

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Artículo 13. Principios de la actividad económico-financiera.

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La Comunidad de Madrid, en el desarrollo de su actividad económico-financiera, actuará conforme a los principios de legalidad, eficacia, control, universalidad, solidaridad intrarregional y coordinación entre los distintos sujetos que conforman el sector público autonómico, y de acuerdo con los principios constitucionales y del Estatuto de Autonomía.