Articulo 13 Ley 2/1998, d...s Públicas

Articulo 13 Ley 2/1998, de 20 de febrero, P.Vasco, Potestad sancionadora de las Administraciones Públicas

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Artículo 13. Calificación de la infracción.

Vigente

Para la determinación en cada caso concreto de cuál sea la infracción cometida se atenderá exclusivamente a los elementos incluidos en la descripción de los tipos infractores.