Artículo 13 Ley 9/1994, ...e Cataluña

Artículo 13. Ley 9/1994, de 29 de junio, Cataluña, Reforma de la legislación relativa a la función pública de la Generalidad de Cataluña

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Artículo 13. Adición de los nuevos apartados al artículo 29.

Derogado

Se añaden dos nuevos párrafos al artículo 29 de la Ley 17/1985, con el siguiente texto:

«Los funcionarios de otras Administraciones que acceden a puestos de trabajo de la Administración de la Generalidad mediante convocatorias de provisión, al margen de un proceso de transferencias de medios personales y materiales, tienen los mismos derechos y deberes que los demás funcionarios de la Administración de la Generalidad, pero no se integran en los cuerpos o escalas propios de ésta.

El personal laboral fijo procedente de otras Administraciones como consecuencia de un proceso de transferencias de medios personales y materiales se integran en la Administración de la Generalidad como personal laboral propio, con subrogación expresa de su vinculación contractual anterior, a efectos de estabilidad laboral y antigüedad.»