Articulo 13 Ley de medidas urgentes para responder al impacto generado por el coronavirus de Navarra
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»Artículo 13. Medidas en materia de contratación de cuidadores profesionales en domicilio.
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Se dispensan los requisitos relativos al vínculo de parentesco y de cualificación profesional exigidos para la contratación de cuidadores profesionales en domicilio regulados en el artículo 5, apartado 2.1 de la Orden Foral 476/2018, de 19 de diciembre, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se regula la ayuda económica para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes para la contratación de un servicio, exigiéndose únicamente al cuidador/a profesional el tener 18 o más años y cumplir las condiciones de afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social que correspondan de conformidad con la normativa vigente.
