Articulo 13 Lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la UE
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»Artículo 13. Recuperación
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La presente Directiva se entenderá sin perjuicio de la recuperación,
| 1) | a nivel de la UE, de las sumas indebidamente pagadas en el contexto de la comisión de as infracciones penales contempladas en el artículo 3, apartado 2, letras a), b) y c), o en los artículos 4 o 5; |
| 2) | a nivel nacional, de cualquier IVA no pagado en el contexto de la comisión de las infracciones penales contempladas en el artículo 3, apartado 2, letra d), o en los artículos 4 o 5. |
