Articulo 13 Mediacion familiar
Articulo 13 Mediacion familiar

Articulo 13 Mediacion familiar

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 13. Duración de la mediación familiar.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La duración de la mediación dependerá de la naturaleza y complejidad de los puntos en conflicto, no pudiendo exceder de tres meses desde la fecha de la sesión inicial, prorrogable mes a mes como máximo otros tres meses, cuando se aprecie su necesidad a solicitud de las partes o del propio mediador familiar.