Articulo 13 Mediacion familiar
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»Artículo 13. Duración de la mediación familiar.
Vigente
La duración de la mediación dependerá de la naturaleza y complejidad de los puntos en conflicto, no pudiendo exceder de tres meses desde la fecha de la sesión inicial, prorrogable mes a mes como máximo otros tres meses, cuando se aprecie su necesidad a solicitud de las partes o del propio mediador familiar.