Articulo 13 Medidas Finan...012 C León

Articulo 13 Medidas Financieras y Administrativas 2012 C. León

Ver Indice
»

Artículo 13. Modificación de los artículos 25 y 27 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Uno.- Se modifica el artículo 25 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos.

«Artículo 25. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de esta tasa:

- La obtención de cualquier información, certificaciones, listados y examen de documentación que conste en los Registros de Asociaciones, de Fundaciones o de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León.

- La inscripción de una asociación de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones.

- La inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones.

- La inscripción de una asociación de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones.

- La inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones.

- La inscripción de modificaciones estatutarias o de cambio de Junta Directiva de cualquiera de las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones».

Dos.- Se modifica el artículo 27 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 27. Cuota.

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:

- Obtención de cualquier tipo de información, certificaciones, listados y examen de documentación que conste en los Registros:

- Por el primer folio: 3,80 euros.

- Por los siguientes folios: 1,95 euros.

- Por la inscripción de una asociación de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones: 25,00 euros.

- Por la inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones: 30,00 euros.

- Por la inscripción de una asociación de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones: 45,00 euros.

- Por la inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones: 50,00 euros.

- Por la inscripción de modificaciones estatutarias o de cambio de Junta Directiva de cualquiera de las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones: 20,00 euros.»