Articulo 13 Medidas urgen...y vivienda

Articulo 13 Medidas urgentes en materia de suelo y vivienda

Ver Indice
»

Artículo 13. Obligación de adjuntar la cédula o el certificado urbanístico en enajenaciones de terrenos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se añade un inciso final al apartado 3 del artículo 145 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, cuya redacción queda como sigue:

"3. En las enajenaciones de terrenos, deberá hacerse constar en el correspondiente título las determinaciones establecidas en el apartado 2 del artículo 21 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de régimen de suelo y valoraciones, con aplicación igualmente de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 21 de la citada Ley 6/1998. A estos efectos, en tales enajenaciones deberá adjuntarse al título la cedula o el certificado urbanístico recogidos en el artículo 24 de este Texto Refundido".