Artículo 13 Medidas urgentes para la reparación de los daños causados y las pérdidas producidas en Aragón como consecuencia de las lluvias torrenciales de agosto y septiembre y de octubre y noviembre
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»Artículo 13. Reparación de daños en carreteras.
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El Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial ejecutará las obras precisas para reparar los daños causados en carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón.
