Articulo 13 Modificación del Decreto-ley 5/2012 -medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público-
Artículo decimotercero. Modificación de la disposición adicional cuarta del Decreto Ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y admi nistrativas para la reducción del déficit público del sector público de la Comunidad Autóno...
La disposición adicional cuarta del Decreto Ley 5/2012 queda modifica da de la siguiente manera:
D.A. 4ª Financiación del complemento de las prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad temporal por contingencias comunes en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos
En el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, la consejería competente en materia de educación financiará los complementos económicos destinados a completar la prestación por inca- pacidad temporal del régimen de Seguridad Social del personal docente no uni- versitario de los centros privados concertados de las Illes Balears en los mis- mos términos que prevé el artículo 7 anterior para el personal sometido al ámbito de aplicación de este decreto ley.
En este sentido, se suspenden las normas, los convenios, los acuerdos y los pactos relativos al complemento económico citado en el párrafo anterior, en todo aquello que exceda de las cuantías que prevé el artículo 7, en la medida en que corresponda.
- Texto Original. Publicado el 01-09-2012 en vigor desde 01-09-2012