Articulo 13 Observatorio gallego contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género
Artículo 13. Solicitud
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1. Las entidades previstas en el artículo 12 que deseen contar con representación en el Observatorio gallego contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género presentarán sus solicitudes obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) y recogido en el anexo.
2. Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fue realizada la subsanación.
3. Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

