Articulo 13 Organización ...n Primaria

Articulo 13 Organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil o de Educación Primaria

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Artículo 13. Características comunes de los miembros del equipo directivo

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1. Las personas que formen parte del equipo directivo serán miembros del claustro de profesorado en situación de servicio activo, preferentemente con destino definitivo en el centro.

2. La persona que ocupe el cargo de director o directora será nombrada por el director o directora territorial de la provincia donde esté situado el centro y su selección se efectuará en la forma prevista en el artículo 133 de la LOE.

3. Las personas que ocupen el cargo de jefatura de estudios y secretaria o secretario serán propuestas por la dirección del centro, de entre el profesorado con destino en el mismo, a la directora o director territorial de la provincia donde esté situado el centro para su nombramiento y cese, previa comunicación al claustro de profesorado y al consejo escolar del centro docente público.

4. En los centros de menos de 6 unidades, la dirección del centro asumirá las competencias del resto de cargos directivos y la conselleria competente en materia de educación garantizará un horario lectivo mínimo para ejercerlas.