Articulo 13 Paisaje
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»Artículo 13. Instrumentos para la protección, gestión y ordenación del paisaje.
Vigente
Los objetivos establecidos para la política del paisaje de Cantabria se alcanzarán mediante la elaboración, desarrollo y aplicación de los siguientes instrumentos.
a) Planes Especiales del paisaje
b) Directrices de paisaje
c) Estudios de paisaje
d) Proyectos de Actuación Paisajística
e) Análisis de Impacto e Integración Paisajística

