Articulo 13 Plan de acció...e València

Articulo 13 Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València

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Artículo 13. Niveles de protección

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1. El Catálogo de Protecciones de la Huerta de València agrupará los bienes patrimoniales en dos niveles básicos de protección: el nivel estructurante o primer grado y el nivel no estructurante o segundo grado de protección.

2. El nivel estructurante o primer grado estará constituido por:

a) Los Bienes de Interés Cultural -BIC.

b) Los Bienes de Relevancia Local -BRL.

c) Los bienes que por su identidad cultural son reconocidos social, intelectual e históricamente como piezas esenciales del paisaje.

d) Los bienes que por su carácter significativo en el paisaje precisan de un ámbito especial de protección, que se indica en cada caso.

3. El nivel no estructurante o segundo grado estará constituido por el resto de bienes culturales incluidos en el Catálogo.

4. Los inmuebles, elementos o instalaciones incluidos en el Catálogo situados en el dominio público marítimo-terrestre o en la servidumbre de protección, se sujetarán a lo establecido en la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Costas, con independencia del régimen de protección que se establezca.