Articulo 13 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
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»Artículo 13. Procedimiento sancionador
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En todo lo no previsto en este Decreto ley, así como en lo que respecta al procedimiento sancionador, debe aplicarse el título IX de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Illes Balears.
