Articulo 13 Presupuestos 2018 I. Balears
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»Artículo 13. Adaptación anual de los límites retributivos a que se refiere la disposición adicional decimoquinta de la Ley 15/2012
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Para el año 2018, las cuantías máximas que establecen los apartados 2.1, 2.2 y 2.4 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2013, en relación con los límites retributivos aplicables a cada uno de los grupos de clasificación profesional del personal laboral al servicio de los entes del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, serán las mismas que las correspondientes al año 2017, sin perjuicio de las variaciones retributivas que eventualmente puedan darse por razón de lo previsto en la disposición adicional primera de la presente ley.
