Articulo 13 Procedimiento...ependencia

Articulo 13 Procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia

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Artículo 13. Documentación que acompañará a la solicitud

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1. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Copia del DNI/NIE del solicitante o autorización para su consulta.

b) En su caso, copia del DNI/NIE del representante o autorización para su consulta.

c) Documento/s emitido/s por los Ayuntamientos correspondientes que acrediten la residencia en territorio español durante cinco años, de los cuales, dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, así como el empadronamiento en un municipio de la Comunidad de Madrid en la fecha de presentación la solicitud.

d) En el supuesto de residentes no comunitarios que carezcan de la nacionalidad española deberán presentar certificado emitido por el Ministerio del Interior que acredite la residencia legal en España por los mismos períodos, así como el empadronamiento en un municipio de la Comunidad de Madrid en la fecha de la presentación solicitud.

e) Informe de salud, que deberá estar elaborado en modelo normalizado y suscrito por un médico colegiado. Dicho informe, en el que se recogerá la patología principal que ocasiona la dependencia, no podrá tener una antigüedad superior a tres meses respecto a la fecha de presentación la solicitud.

f) En su caso, copia de la resolución de reconocimiento del complemento de gran invalidez u otro documento que acredite que el solicitante sea pensionista de gran invalidez. Asimismo, si procede, copia de la resolución de reconocimiento del grado de discapacidad.

g) Declaración responsable sobre la capacidad económica y patrimonial del solicitante.

h) Autorización de comprobación, por parte de las Administraciones públicas competentes, de los datos necesarios para la determinación de la capacidad económica y el reconocimiento del derecho a los servicios o prestaciones o, en su defecto, copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

2. Las personas que estén siendo atendidas en plazas de atención residencial, con financiación pública de la Comunidad de Madrid, estarán eximidas de presentar la documentación descrita en las letras c) y d).