Articulo 13 Procedimiento para reconocimiento de los derechos derivados de enfer...dad General judicial
Articulo 13 Procedimiento...l judicial

Articulo 13 Procedimiento para reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio o como consecuencia de él, gestionado por la Mutualidad General judicial

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 13. Plazos para resolver.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los plazos para resolver y notificar el expediente de averiguación de causas y los procedimientos para el reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y accidente en acto de servicio o como consecuencia de él y para la concesión de las prestaciones derivadas de tales contingencias serán de dos meses a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación, cuando el expediente o los procedimientos se hayan iniciado de oficio, o desde la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación, cuando aquél o aquéllos se hayan iniciado a instancia del interesado o de la interesada.