Articulo 13 Promoción de la actividad económica
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»Artículo 13. Modificación del artículo 65 del texto refundido de la Ley reguladora de los residuos
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Se modifica el apartado 2 del artículo 65 del texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, que queda redactado del siguiente modo:
2. La composición del Consejo para la Prevención y la Gestión de los Residuos en Cataluña se determina por reglamento, teniendo en cuenta que la mitad del Consejo debe estar formado por representantes de los departamentos de la Generalidad y la otra mitad, por representantes de las administraciones locales, del Área Metropolitana de Barcelona y de las entidades cuya actividad esté relacionada con las competencias de la Agencia.
