Articulo 13 Protección de... de C León

Articulo 13 Protección de los animales de compañía de C. León

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Artículo 13. Circulación.

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Se prohíbe la circulación de animales considerados peligrosos sin las medidas protectoras que reglamentariamente se establezcan, de acuerdo con las características de cada especie.