Articulo 13 Publicidad sa... Cantabria

Articulo 13 Publicidad sanitaria en Cantabria

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Artículo 13. Infracciones y sanciones.

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El régimen sancionador por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Decreto es el previsto en la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y demás normativa de aplicación en materia de publicidad sanitaria.